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Acorde a la tendencia nacional que prevalece en el país, el artículo 6º del Reglamento vigente de la Ley que Garantiza la Transparencia y el Derecho a la Información Pública para el Estado de Chiapas del Poder Ejecutivo, dispone la existencia de un portal único de acceso público y general, que concentra la información relativa a las obligaciones de transparencia de todas las dependencias y entidades que integran la administración pública estatal, cuya dirección electrónica es la siguiente:
http://www.transparencia.chiapas.gob.mx
En el referido Portal Único de Obligaciones de Transparencia del Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas en Internet, homologo del Portal de Obligaciones de Transparencia de la Administración Pública Federal (POT), se encuentra la información pública de oficio u obligatoria correspondiente a esta dependencia, en relación a las fracciones del artículo 37 de la Ley de la materia que le aplican a la misma en función de sus competencias, facultades y atribuciones legales y reglamentarias.
LEY QUE GARANTIZA LA TRANSPARENCIA
Y EL DERECHO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo 37.- Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público, en forma permanente y de acuerdo a sus facultades, a través del Portal o los medios electrónicos disponibles, la siguiente información:
I.- El directorio de servidores públicos, desde mandos medios o sus equivalentes, hasta los niveles jerárquicos superiores.
II.- La remuneración mensual por empleo, cargo o comisión.
III.- Los actos resolutorios que justifican el otorgamiento de permisos, concesiones o licencias que la Ley confiere autorizar a cualquiera de los sujetos obligados, especificando el nombre o razón social del titular, concepto de la concesión, autorización o permiso y vigencia de los mismos.
IV.- Normas básicas de competencia, servicios y programas de apoyo que incluyan trámites, requisitos, formatos, manuales de organización.
V.- La estructura orgánica, los servicios públicos que presta, las atribuciones por unidad administrativa, las disposiciones jurídicas y administrativas que las rigen, así como información de su organización y funcionamiento.
VI.- Los resultados de las auditorias públicas concluidas que no contengan observaciones por solventar o que ya hayan causado estado.
VII.- El nombre, domicilio oficial y correo electrónico institucional de los servidores públicos responsables de las Unidades de Acceso a la Información Pública y de las unidades de enlace.
VIII.- Los procedimientos de licitaciones de adquisiciones y de obra pública.
IX.- Las leyes, decretos, reglamentos y demás disposiciones de observancia general, contenidas en el Periódico Oficial del Estado.
X.- Las cuentas públicas del Estado y de los municipios.
XI.- Las iniciativas que se presenten y los dictámenes del Congreso, así como las actas de sesión, puntos de acuerdo, decretos, acuerdos, leyes, transcripciones estenográficas y Diario de Debates.
XII.- Sentencias y resoluciones que hayan causado estado, pudiendo las partes oponerse a la publicación de sus datos personales.
XIII.- Las sentencias que recaigan en las controversias entre poderes públicos.
XIV.- Los recursos que se generen por servicios que presten los sujetos obligados o constituyan fondos que se incluyan al presupuesto de las mismas.
XV.- Los recursos públicos que los sujetos obligados entreguen a personas físicas o morales.
XVI.- Los informes presentados por los partidos políticos ante las autoridades estatales electorales.
XVII.- Las formas de participación ciudadana, en su caso, para la toma de decisiones por parte de los sujetos obligados.
XVIII.- Una descripción de los programas, proyectos, acciones y recursos asignados a cada uno de ellos por el presupuesto asignado.
XIX.- La información de sus actividades que considere relevante.
XX.- La información completa y actualizada de los indicadores de gestión.
IMPORTANTE: Para acceder al sistema electrónico de solicitudes de acceso a la información pública entre aquí.
Responsable de la Actualización: Lic. Efraín Moisés Hernández Domínguez
Jefe de la Unidad de Apoyo Jurídico y Responsable de la Unidad de Enlace de la Secretaría
Fecha de Actualización: 1 de Febrero del 2011
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